Emisión de boletas
A partir del 1 de mayo de 2025, será obligatorio entregar una copia impresa de la boleta electrónica o comprobante de pago en cada compra, independientemente del medio de pago. Si no cuentas con impresora, podrás enviarla en formato digital (correo, WhatsApp, SMS, QR) hasta el 1 de marzo de 2026. Esta medida busca combatir la evasión del IVA y promover un cumplimiento tributario justo. ¡Asegura la transparencia y apoya el sistema tributario! Fechas Clave: 1° de mayo de 2025 o Obligación de entregar boleta electrónica impresa o comprobante de pago para los contribuyentes que cuenten con medios de impresión. 1° de marzo de 2026 o Plazo para adaptar sistemas: Comercios que no cuenten con impresoras deberán entregar la boleta electrónica o comprobante de pago en formato digital (correo electrónico, SMS, WhatsApp, QR, etc.).
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